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Resolución contrato vivienda; diferencias entre lo convenido y lo ejecutado

Otro de los casos de resolución de contratos de compraventa es cuando se produce una diferencia entre lo convenido y lo ejecutado. El éxito de la demanda dependerá de la entidad de la diferencia entre lo que se ha proyectado previamente (incluyendo la publicidad de la promoción, etc) y lo ejecutado finalmente. Esta diferencia debe ser necesaria para el cumplimiento del contrato, es decir, que frustre las legítimas expectativas de la parte compradora. Por tanto, la clave radicará  en el primer informe de supervisión del Proyecto de Ejecución por parte del técnico competente, a partir del cual se podrá ofrecer un dictamen definitivo sobre la viabilidad de éxito de la resolución del contrato de compraventa.

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